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Matrimonio civil

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Matrimonio civil

Objeto

Solicitud de celebración de matrimonio civil en el Salón de Plenos del Ayuntamiento.

Quién puede realizar el trámite

Cualquiera de las personas contrayentes, u otra persona en su nombre.

Cómo se puede realizar el trámite

  • Telemáticamente: a través del botón Nueva instancia situado en la parte inferior de esta página.
  • Presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento.

Documentación a presentar

  • Instancia indicando día y hora de celebración, datos de las personas contrayentes y nombre del miembro de la Corporación que desean celebre la boda.
  • Copia del documento de identificación en vigor (DNI-NIE o Pasaporte) de ambos contrayentes.
  • Copia del documento de identificación en vigor (DNI-NIE o Pasaporte) de los dos testigos que vayan a estar presentes en la ceremonia.

Importe

El establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora.

Cómo y cuándo se resuelve.

  • El expediente se tramita en el Registro Civil o Juzgado de Paz. Para ello deberá acudir, lo antes posible, al Registro Civil o Juzgado de Paz del municipio en el que esté empadronada una de las personas contrayentes, a fin de iniciar la tramitación correspondiente.
  • Al menos una de las personas contrayentes debe estar empadronada en el municipio.
  • Se celebran bodas todos los días, por la mañana y por la tarde, excepto domingos y festivos. / Se celebran bodas todos los sábados.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
OLÁIBAR - P3118800F
C/ San Pedro, s/n
31799 Olaibar (Navarra)
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